Redacción/Hechos del Caribe
Cd Mx.-El artículo 109 de la nueva Ley de Telecomunicaciones permite que autoridades soliciten el bloqueo temporal de plataformas digitales a través de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT). A simple vista, parece una medida para garantizar el cumplimiento legal. Pero en el fondo, podría ser una amenaza directa a la libertad de expresión.
¿Por qué preocupa este artículo?
1. Centraliza el poder en el Ejecutivo. La ATDT depende del gobierno y tiene la facultad de silenciar plataformas sin necesidad de orden judicial. Eso debilita los contrapesos y la independencia institucional, pilares básicos de cualquier democracia.
2. Es ambiguo y opaco. No aclara qué se entiende por “incumplimiento”, ni quién puede decidir un bloqueo. Esta vaguedad deja abierta la puerta a decisiones arbitrarias.
3. No hay control judicial previo. El bloqueo puede ejecutarse sin una resolución de juez. Esto vulnera derechos fundamentales como el debido proceso, el acceso a la información y la libertad de expresión.
4. Genera inseguridad jurídica. Plataformas y usuarios quedan en un limbo legal, donde cualquier interpretación puede derivar en censura o sanción.
En un momento actual donde las redes son el nuevo espacio público, proteger la libre expresión digital es más urgente que nunca. El artículo 109, como está redactado, es un retroceso. Necesitamos reglas claras, transparencia y límites reales al poder del Estado sobre el entorno digital.
La democracia no se protege censurando. Se fortalece garantizando derechos.
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